Informe

En el Ministerio de Salud

Estado adeuda a cada médico 6,380 nuevos soles

Sobre incrementos de haberes

El 13 de diciembre del 2003 se promulgó en el diario El Peruano la RM N° 1236, que modifica la Directiva 003-Minsa/OGG-RR.HH-V.01, referente al otorgamiento de incentivos a los médicos. La directiva modificada otorgaba incentivos económicos de 30 soles por hora adicional de trabajo, con un máximo de 22 horas. Lo que significa un incremento de la jornada laboral, que debería ser abonada como hora extra y no como incentivo llamado Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial.(AETA).

Por otro lado, cada establecimiento de salud otorga un monto distinto de incentivos. El promedio es de 10 horas, es decir, la suma de 300 nuevos soles. La norma modificatoria señala que los médicos ya no necesitan laborar la hora adicional en el caso de que se trate de 10 horas, es decir, 300 soles. Queda claro entonces que si un hospital otorgaba más horas de incentivo, las que sobrepasen 10 horas deben trabajarse adicionalmente.

Algunos médicos creen que esta norma agrega la bonificación de 300 nuevos soles a los incentivos que ya reciben, pero esto no es así. Simplemente, los incentivos que ya tienen no se trabajan como hora extra si son hasta 10 horas, y si son más, se trabajan las que exceden de 10 horas. Es más, se agrega que siempre y cuando cumpla los indicadores aprobados por la Dirección General de Salud de las personas del Ministerio de Salud, y el cumplimiento es responsabilidad del titular de la unidad ejecutora o centro de trabajo. Por lo tanto, la norma no asegura los 22 días de incentivos, ni siquiera 10. Deja a criterio de los funcionarios establecer el monto. Además, sujeta el incentivo a indicadores preestablecidos y le da potestad a los jefes para el manejo de ese pago. En otras palabras, más control y ningún sol de aumento.

Sobre nivelación de sueldos

El 13 de diciembre del 2003 se promulgó la RM N°1237, que faculta a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud la aplicación del proceso de nivelación de los médicos cirujanos. Sin embargo, ya el 23 de julio del 2001 se promulgó el DS 024-2001-SA, que norma la nivelación de los médicos cirujanos. Es decir, los médicos legalmente tienen el derecho expedito para cobrar la nivelación desde agosto del 2001, lo que hasta la fecha significa un adeudo de 29 meses, sin moras ni intereses.

Si el ascenso es de dos niveles como promedio, esto significa que el Estado adeuda como 6,380 nuevos soles a cada médico. Sin embargo, en modo muy hábil, el ministro de Salud señala en la norma promulgada que el proceso se aplica a partir del 15 de diciembre del 2003. Es decir, pretende borrar el adeudo que tiene con la profesión médica con una norma. ¡Pura viveza criolla!

El tiempo de servicio para el ascenso, sólo se calcula hasta julio del 2001, con lo cual se produce una incongruencia Se aplica a partir del 15 de diciembre del 2003 y se computa el tiempo de servicios sólo hasta julio del 2001. ¡Sea sincero, señor ministro, pague la deuda a los médicos!

Al respecto, la Asociación Médica Peruana rechaza acuerdos que violan derechos, que regalan el dinero de los médicos y, sobre todo, son ajenos al sentir de la profesión, y hace un llamado a sumar fuerzas para exigir el pago retroactivo de la nivelación desde el 2001, por ser justo y legal.

Los médicos contratados

En la RM N°1238-2003-SA-SG-DM se aprueba el compromiso del ministerio en el sentido siguiente: «durante los meses de diciembre del 2003 y enero del 2004, el Ministerio de Salud elaborará y gestionará la dación e implementará el instrumento normativo que permita la transferencia de fondos del grupo genérico de gasto 03 al 01, para la habilitación de plazas de profesionales médicos. La redacción del compromiso es alambicado, confuso y con lenguaje burocrático.

Al comprometerse el Ministerio de Salud a elaborar y gestionar la dación del instrumento normativo, significa que elaborará un proyecto de ley que remitirá el Ejecutivo al Congreso de la República, pues se necesita de una ley para transferir fondos del grupo genérico 03 del gasto público (servicios) al grupo genérico 01 (remuneraciones). Además, como ya es conocido, hay fondos directamente recaudados (recursos propios) y del tesoro, que sirven para pagar los servicios, dinero con el que hoy pagan a los médicos. No se modifica el techo presupuestal del Ministerio de Salud, solo hay un transvase de fondos al interior del mismo.

Hay que recordar que la AMP, con la iniciativa legislativa del congresista Iván Calderón Castillo, presentó un proyecto de ley que además cuenta con la firma de seis congresistas más, que plantea el nombramiento automático de los médicos y autoriza la creación de las plazas con la transferencia de partidas de la 03 (servicios) a la 01 (remuneraciones). La norma contrasta con el compromiso del ministerio que insiste en los concursos, hecho que la AMP rechaza porque los médicos se encuentran laborando, y ponerlos a concursar significa, en la práctica, despedirlos.

Además, cada año, como producto de las jubilaciones y cese de médicos, se producen vacantes presupuestadas, que se someten a concurso de provisión de plazas. No es ninguna novedad que el ministro se comprometa a sacarlas a concurso a partir del mes de enero. Es más, ya debió hacerlo en los meses de noviembre y diciembre del 2003 y que, por cálculos políticos, no lo hizo.

La RM señala además que el ministro de Salud revisará la nómina de médicos contratados por servicios no personales, para determinar que no se encuentren en otra planilla del Sector Público, y procederá a rescindirles el contrato. Este acuerdo es rechazado por muchos médicos que realizan una labor de servicios no personales en dos instituciones públicas distintas o en calidad de nombrados en una y por servicios no personales en otra.

El acuerdo prevé, además, que los propios médicos ejerzan como «soplones» en estas pesquisas. Este compromiso está de espaldas a la realidad médica del país. No hay suficientes especialistas para cubrir todas las necesidades. Por ejemplo, en patología clínica, anestesiología, ginecología, etc., los sueldos son muy bajos y el médico se ve obligado a laborar en dos lugares distintos para sobrevivir. La AMP viene exigiendo el derecho de los médicos a tener una doble remuneración del Estado como tienen los docentes en el caso de laborar en otra institución estatal, además de su centro educativo, y exige que se frene y rechace el intrusismo que realizan las instituciones por la ausencia de médicos especialistas.

 

«Exigimos el pago retroactivo de la nivelación desde el 2001»

¿La nivelación prometida por el Gobierno satisface las expectativas de los médicos?

No nos satisface, pues, según la RM Nº 1237, el ministro de salud niega los 29 meses que adeuda el Estado a los médicos por el derecho a su nivelación, tal y como lo manda la ley. Lo que significa que cada médico debe recibir 220 soles mensuales por nivelación, lo que hace un total de 6,380 nuevos soles

¿Qué sucedió luego de darse el D.S. 024-2001-SA, del 23 de julio de 2001, sobre la nivelación respectiva?

El Ministerio de Salud no presupuestó este pago a los médicos ni tampoco lo quiere reconocer, ascendiendo actualmente esta deuda a más de 50 millones de soles a nivel nacional.

¿Qué medidas adoptarán los médicos al respecto?

La Asociación Médica Peruana llevará a cabo una serie de acciones gremiales, sin descartar la acción judicial, para exigir el pago de la deuda, para que el Gobierno cumpla con la suma que adeuda a los médicos.

Propuesta legislativa

Declaraciones del Dr. Iván Calderón, congresista de la República, miembro de la Comisión de Salud del Congreso

¿En qué estado se encuentra la propuesta de ley que plantea el nombramiento automático de los médicos?

La propuesta legislativa que cuenta con el apoyo de otros seis congresistas se encuentra en las comisiones de Salud y Trabajo del Congreso de la República, pues no hay sesiones hasta el mes de marzo. Sin embargo, podría darse el caso de que el Ejecutivo dé una iniciativa a través del ministro de Salud para un trato preferencial a este proyecto de ley del nombramiento de médicos, y pueda ser tratado anticipadamente.

¿Qué coincidencias tiene su propuesta legislativa con la del ministro de Salud?

Está coincidiendo en una primera acta firmada en la Región Piura, en cuyos puntos de agenda se incluye el nombramiento progresivo de los médicos contratados. Del mismo modo, con una segunda acta firmada a nivel nacional.

Nuestro proyecto ha generado gran expectativa entre los médicos de Lima y del norte del país, que están apoyando esta propuesta con muchas esperanzas, pues su aprobación significará ubicar a los médicos en el sitial que se merecen.

Los 23 puntos que reclaman los médicos

1     Reactivar el sector Salud, teniendo como líder al médico y garantizando su plena libertad de conciencia en el
        acto médico.

2     Nivelación de su nivel remunerativo en todos los subsectores, Minsa, Essalud, FFAA, FFPP, Intersectoriales, de acuerdo
        al DL 559 y al promedio latinoamericano, que es US$ 1,500.

3     Ascenso automático en el nivel de carrera.

4     Reconocer y bonificar económicamente la enorme responsabilidad del médico, así como el riesgo profesional y
        familiar a enfermar.

5     Cumplir con el seguro de riesgo profesional que, según ley, corresponde pagar a los empleadores.

6     Compensación por enfermedad o fallecimiento para el médico y su familia.

7     Reconocer las horas de guardia como horas extras, dado que no existe una obligación legal para realizarlas.

8     Gratificación de un sueldo mensual (Navidad, Fiestas Patrias, mes de la medicina y escolaridad), un total de 16 sueldos.

9     Nombrar automáticamente a los 12,000 galenos, que trabajen en el Minsa , Essalud, y sanidades, intersectoriales, etc.

10    Desaparición del SERUMS.

11    Concursos para direcciones, jefaturas de de partamento, servicios y centros de salud

12    Bonificación por trabajo en zonas urbano- marginales y de frontera.

13    Restitución de gratificaciones por 25 y 30 años de servicio.

14     Subsidio por sepelio y luto de acuerdo al DL 276.

15     Nivelación de pensiones para cesantes y jubilados de Essalud.

16     Hacer extensivo a EsSALUD el decreto de urgencia 011-99 que bonifica con el 16% que se otorgó al Sector Público.

17     Cumplir la ley que homologa a los catedráticos de medicina con los magistrados del Poder Judicial.

18     Combatir el intrusismo en medicina, erradicar la instigación al intrusismo por parte de los funcionarios,
        incrementando  las penas a quienes cometan este delito.

19     Rechazar la venta de medicamentos sin prescripción médica.

20     Financiar por el Gobierno el Proceso de Recertificación Médica.

21     Anular los procesos administrativos injustos y abusivos a que fueron sometidos los médicos durante toda la década y
        se otorgue el resarcimiento a los colegas injustamente castigados.

22    Reposición de los colegas médicos despedidos por defender la salud y seguridad social del Perú.

        23    Incremento del presupuesto del sector Salud.