Medicamentos genéricos y decreto de urgencia

Ya existe un proyecto de ley que solucionaría definitivamente el problema

El 16 de marzo de 2024 se ha promulgado el Decreto de Urgencia 005-2024, “que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar el acceso a medicamentos genéricos a la población”. La justificación de su promulgación es el “actual contexto de la aparición y progresivo aumento de la transmisión de enfermedades a nivel nacional ocasionado por las intensas precipitaciones pluviales que vienen presentándose en el país y la epidemia por dengue”. En consecuencia su vigencia, hasta el 31 de julio del 2024, calza con la emergencia sanitaria. Además la promulgación se ha realizado al amparo del inciso 19 del artículo 118 de la Constitución Política, que señala que “corresponde al presidente de la República… dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia”. 

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Encuesta demográfica ENDES 2023 y determinantes sociales de salud

Resultados alarmantes en anemia y desnutrición infantil

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) ha puesto a disposición el Informe Preliminar Perú: Indicadores de Resultados de los Programas Presupuestales 2023, que “permite realizar el monitoreo y evaluación de la gestión presupuestaria a nivel de sectores”. Según el INEI, la recolección de datos ha sido realizada durante el año 2023 y realiza estimaciones de los indicadores de resultados para los programas, como el articulado nutricional, el desarrollo infantil temprano, la salud materno neonatal, el acceso de la población a la identidad y la reducción de la violencia contra la mujer.

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Otra vez los medicamentos genéricos

Sobre las consecuencias del fin de la vigencia del Decreto de Urgencia 007-2019

En días recientes los medios han resaltado el vencimiento de la vigencia de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 007-2019 del 31 de octubre del 2019 que aprobó el “Listado de medicamentos esenciales bajo denominación común internacional en farmacias boticas y servicios de farmacias del sector privado” que incluía “hasta 40 medicamentos esenciales genéricos contenidos en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME), que deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en farmacias, boticas y servicios de farmacia del sector privado». Asimismo, precisaba que ”constituye infracción no tener disponibilidad para la dispensación de los aludidos medicamentos contenidos en el listado, o no demostrar su venta, con la aplicación de una sanción de hasta dos (2) unidades impositivas tributarias (UIT). Los criterios, los límites mínimos de los medicamentos del listado y los límites mínimos de su disponibilidad, graduación de las sanciones y demás disposiciones procedimentales serán aprobados en el reglamento».

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Farmacias, boticas y barreras burocráticas

Indecopi no ha tomado en cuenta las características de la realidad nacional

La primera quincena de febrero, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, ha resuelto que es una barrera burocrática carente de razonabilidad la prohibición de vender víveres y de brindar servicios de consultas médicas en las farmacias y boticas. Las barreras burocráticas a las que alude Indecopi “son aquellas exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones o cobros que impongan las entidades de la administración pública dirigidos a condicionar, restringir u obstaculizar el acceso o permanencia de los agentes económicos en el mercado… contenidas en disposiciones administrativas… y no en otras normas como la legislativa y la judicial”. Esto es, no pueden ser consideradas barreras burocráticas aquellas que provienen de normas con rango de ley. Esto es, no pueden ser consideradas barreras burocráticas aquellas que provienen de normas con rango de ley. Es decir, ambas prohibiciones, sobre las que ha resuelto Indecopi, no están comprendidas en una ley sino en normas infralegales, como un decreto supremo y una resolución directoral.

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Falencias en elecciones del Colegio Médico del Perú

Hay aspectos legales urgentes por resolver

El 3 de marzo del 2024 se llevó a cabo la votación para la renovación del Consejo Directivo Nacional y de los Consejos Directivos Regionales del Colegio Médico del Perú. Ha sido la culminación de un proceso electoral cuyo acto de votación debió haberse realizado el 26 de noviembre del 2023, pero que fue suspendido por el Jurado Electoral Nacional, mediante comunicado público del 25 de noviembre del 2023.

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Día de las Enfermedades Raras o Huérfanas

No son una prioridad de salud pública porque afectan a una minoría

El 28 de febrero de cada año se conmemora el Día Internacional de las Enfermedades Raras o Huérfanas, con la finalidad de reflexionar sobre las dificultades que enfrentan las personas que padecen estas enfermedades. también sobre la necesidad de promover políticas públicas y marcos normativos favorables, debido a que estas enfermedades “no representan una prioridad de salud pública porque afectan a una minoría”, precisamente porque son raras, y porque  las innovaciones farmacéuticas y tecnológicas no “son rentables” para las empresas, por la escasez de “usuarios” o de demanda. 

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Opiniones y realidades frente al dengue

Se requiere ponderación y propuestas constructivas

Durante los últimos días, diversos medios de comunicación han recogido opiniones y comentarios de algunos profesionales ligados a la medicina, a la economía o a agrupaciones políticas que han creado incertidumbre y alarma en ciertos sectores de la población. Si bien es cierto que el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC Perú) ha emitido el 26 de febrero una alerta sobre el dengue (AE-CDC-006-2024), eso no implica que se haya definido una situación de alarma. Como señala el propio CDC-Perú, la Alerta Epidemiológica se “emite y difunde al recibir la notificación de una situación de salud que implica un riesgo potencial para la salud pública del país”.

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Los alcaldes y su rol contra el dengue

Lucha contra el dengue no debe hacerla solo el sector salud

Según el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades  (CDC-Perú), “hasta la semana epidemiológica 6 (10 de febrero) se ha notificado 18,001 casos de dengue y se reportaron 21 defunciones, dentro de las cuales 10 están relacionadas directamente al dengue y las otras 11 aún se encuentran en investigación”. Asimismo señala que la tasa de incidencia por 100,000 habitantes es de 52.77. Estas cifras contrastan con las de los años anteriores, ya que durante el mismo periodo el 2023 fue de 30.82 y en el 2022 de 19.73. También contrasta el número de defunciones, que en el 2023 durante el mismo periodo había ascendido a 16.

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Creciente incremento del cáncer y la respuesta sanitaria

Las recomendaciones de la OMS y la OPS

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) “el rápido crecimiento de la carga mundial de cáncer refleja tanto el envejecimiento como el crecimiento de la población, así como los cambios en la exposición de las personas a los factores de riesgo, varios de los cuales están asociados al desarrollo socioeconómico». Asimismo, señala que “el tabaco, el alcohol y la obesidad son factores clave del aumento de la incidencia del cáncer, mientras que la contaminación del aire sigue siendo uno de los principales factores de riesgo medioambientales». En el mismo comunicado de prensa de la OMS del 1 de febrero del 2024, agrega que ”una encuesta realizada en 115 países muestra que la mayoría de los países no financian adecuadamente los servicios prioritarios de atención oncológica y cuidados paliativos como parte de la cobertura sanitaria universal».

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OPS, vacunación y alerta por sarampión

Es necesaria la vigilancia epidemiológica ante estas enfermedades

El 26 de enero del 2024 el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud (CDC-Perú) emitió la Alerta Epidemiológica AE-CDC-001-2024, denominada “riesgo de presentación de casos importados de sarampión-rubéola y síndrome de rubéola congénita a nivel nacional”.  A pesar de que en 2016 el Comité Internacional de Expertos declaró al “continente americano libre de sarampión”, entre 2017 y 2019 se presentaron casos importados de otras regiones del mundo, en 2020 se notificaron brotes en Argentina y México, y en 2021 se presentaron 730 casos confirmados de sarampión. “El 2022 llamaron 42 casos de sarampión en Brasil, 118 en Estados Unidos, 3 en Canadá, 2 en Argentina, 1 en Paraguay y 1 en Ecuador. Hay que tener en cuenta que el 2018 se confirmaron 41 casos importados de Venezuela, de Europa y Filipinas. El 2018 se confirmaron 2 casos importados de Europa y un caso relacionado a la importación”.

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