Para evitar el mercantilismo en el sector Salud
El 20 de abril de 2020 el Gobierno ha promulgado el Decreto Legislativo N° 1466, que implementa el intercambio prestacional en salud y que autoriza y regula la relación comercial entre el sector público y el sector privado. Ha modificado el Decreto Legislativo N° 1346 promulgado en enero del 2017, que señalaba que la relaciones con los servicios de salud privados se produciría siempre y cuando no existiera oferta pública. Es decir, la participación de los servicios de salud privados era complementaria. Esa lógica ahora ha cambiado. Es decir, el intercambio prestacional permite la compra de servicios en modo alternativo al sector público. Se ha otorgado un mayor rol y presencia al sector privado.
Luego de publicado el Decreto Legislativo N° 1466, era obvio, que se tenía que aprobar el tarifario para las atenciones de los pacientes que acuden a los servicios privados por el Covid-19. El Seguro Integral de Salud ha promulgado la Resolución Jefatural Nº 050-2020/SIS, que aprueba el tarifario por día para los paquetes de atención de los asegurados al SIS con Covid-19 en los servicios de unidades de cuidados intensivos y hospitalización de las instituciones privadas y mixtas en el marco del Decreto Legislativo 1466. También establece el cálculo del valor monetario de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos que sean utilizados en dichos pacientes. Al margen de la discusión de los montos que se pagarán a las clínicas privadas que superan los US$ 10,000 por cada paciente con daño resuelto, es necesario preguntarse si no hubiese sido mejor que solo acudan a estas clínicas cuando la oferta pública sea insuficiente, y que señalen los mecanismos de selección transparente para las empresas que ganen la bueno pro y se beneficien de la “transferencia de dinero público”.
Luego del cambio de Gobierno de julio del 2016, se constató que el Seguro Integral de Salud (SIS) había heredado una cuantiosa deuda con el sector privado y con los establecimientos de salud públicos, que bordeaba los S/ 2,500 millones. Como ya es conocido, el lustro humalista prefirió pagar al sector privado, aunque los hospitales públicos, que también brindaron atenciones al SIS ,languidecían por falta de recursos. En esa circunstancia se promulgó, en enero del 2017, el Decreto Legislativo N° 1346, que otorgó al sector privado un rol complementario de la oferta pública y, en modo adicional, realizó el esfuerzo fiscal para pagar la deuda privada y transferir los fondos necesarios para cubrir la “deuda” con los servicios de salud del sector público.
Luego de tres años de haberse saneado las cuentas del SIS, otra vez se abre la puerta para poner al sector privado como alternativo al sector público en la prestación de servicios médicos y de salud. Este proceso ha sido denominado “de intercambio prestacional” y se produce bajo el amparo del paraguas que otorga la pandemia Covid-19, sin mayor debate y sin tomar en cuenta el consenso logrado en el Foro del Acuerdo Nacional, “Los objetivos de la Reforma de Salud” que acordó “fomentar, regular y coordinar de manera efectiva el rol complementario del sector privado en la política nacional de acceso universal a la salud”.
Por si fuera poco, el Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Salud, en un informe de Visita de Control, señaló que el Instituto Nacional de Salud realizó el diagnóstico de 19,746 muestras al sector privado; es decir, el 21.25% del total de muestras analizadas. Sin embargo, indica que los servicios privados han cobrado por los servicios relacionados a la toma y entrega de los resultados de dichas muestras. Causa suspicacia que exista un convenio para procesar en modo gratuito las muestras de laboratorio de los servicios privados, pero no existan los “candados” necesarios para que estos servicios no lucren con el servicio gratuito del Estado.
El rol del Estado en la provisión de insumos para realizar las pruebas moleculares, realizar las pruebas de diagnóstico en modo gratuito y brindar el servicio a los ciudadanos y a las instituciones privadas que lo requieran, ha generado que estas últimas cobren sumas que no guardan relación con la prestación ofrecida. Sobre todo en momentos que se entremezclan, durante la pandemia, la escasez, el pánico y la inexistencia de la regulación de precios. Sin embargo, el Minsa y el Instituto Nacional de Salud han perdido la oportunidad para señalar un margen de gastos operativos para los servicios privados, debido a que ellos suministraban no solo los insumos, sino también la ejecución de las pruebas diagnósticas, sin alterar las reglas del mercado.
Producido el escándalo mediático sobre el cobro de las pruebas moleculares para el Covid-19, es probable que los funcionarios del Gobierno eludan su responsabilidad y culpen solo al sector privado. Sin embargo, hay que señalar que el marco legal creado ha hecho proclive el desarrollo de prácticas mercantilistas en el Sector Salud. Es necesario revisar y corregir el marco legal en que se desenvuelven las actividades de salud y la práctica médica, para desterrar esas prácticas mercantilistas que violan los principios elementales de una economía social de mercado. Y que además desnaturalizan la razón de ser de la medicina y de la salud pública. Urge investigar y sancionar.