Se ha alterado el curso y desarrollo del cuestionado ensayo clínico
El primero de abril se ha promulgado el Decreto Supremo 011-2021-SA que introduce dos artículos al Reglamento de Ensayos Clínicos (DS 014-2020-SA) específico para Covid-19 que, a su vez, debido a la pandemia flexibilizó algunos aspectos del Reglamento de Ensayos Clínicos (DS 021-2017-SA) para darle celeridad sin perder en rigurosidad. Sin embargo, luego de conocerse, en modo escandaloso, que los ensayos clínicos de la vacuna SinoPharm bajo el patrocinio de la Universidad Cayetano Heredia habían sido utilizados para vacunar a los conductores del ensayo clínico y también, al personal relacionado –cuya antojadiza interpretación permitió vacunar incluso al propio expresidente Vizcarra, su esposa, su hermano y ministros, viceministros y altos funcionarios, que ha involucrado, inclusive al actual gobierno del presidente Sagasti y a la Embajada China– ha puesto asimismo en evidencia la problemática de los voluntarios que aún participan en el ensayo.
Los voluntarios son mayores de 18 años y fueron enrolados a partir del 9 de septiembre del 2020 para participar en el ensayo clínico. Fueron distribuidos en tres grupos, uno de 2,361 voluntarios que recibió la vacuna Beijing, otro de 2,363 participantes para la vacuna Wuhan y el tercero, de 2377 personas, que recibieron solo placebo; es decir, un líquido carente de efecto, pero idéntico en la forma a la vacuna. La inoculación de las vacunas en los tres grupos fue doble ciego, debido a que ni los investigadores ni los voluntarios conocen que se les ha suministrado. Este procedimiento, el doble ciego, es clave para evaluar en modo objetivo la eficacia de la vacuna en los tres grupos. Sin embargo, en el proceso de la ejecución del ensayo clínico han ocurrido paralelamente algunos sucesos que han alterado el ejercicio de los derechos y el bienestar de los voluntarios; y por tanto, airados y justificados reclamos.
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