Mercantilismo en la gestión de salud pública
En junio del 2011 se promulgó la Ley N° 29698, que declara de interés nacional y preferente atención el tratamiento de personas que padecen enfermedades raras o huérfanas; es decir, de aquellas con peligro de muerte e invalidez crónica, con baja frecuencia (menos de un caso por 100,000 habitantes), incluidas las de origen genético. Estas enfermedades, en general presentan dificultades para el diagnóstico y el seguimiento, poseen escasos datos epidemiológicos y, además, generan serios problemas económicos y sociales para las familias y la sociedad. Asimismo, por extensión, se denominan medicamentos huérfanos a aquellos que son útiles para el tratamiento de estas enfermedades.
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