La OMS quiere poner fin a la caries dental en la infancia
Luego de la promulgación de la Resolución Ministerial 242-2024/Minsa, del 4 de abril del 2024, que aprobó la Directiva Administrativa para la programación de turnos de trabajo del profesional de la salud en los establecimientos de salud del Ministerio de salud y de los gobiernos regionales, el Colegio Odontológico del Perú señaló que en la redacción de la Directiva “se ha producido la omisión, creemos involuntaria, de la programación del cirujano dentista en la programación de guardias”. Además recuerda que la Ley de Trabajo del Cirujano Dentista (Ley 27878), vigente desde el año 2002, establece en su artículo 14, tres aspectos: el primero que su jornada laboral es de seis horas diarias o su equivalente semanal de 36 horas o mensual de 150 horas. El segundo, que el trabajo realizado los días no laborables, sin descanso sustitutorio, da derecho a recibir una remuneración correspondiente a dicha labor, con una sobretasa del 100%. El tercero, que para el trabajo de guardia es de aplicación lo prescrito por la Ley 23536. Como se puede apreciar, las guardias forman parte inherente de la jornada laboral del profesional cirujano dentista. En consecuencia, la Directiva Administrativa ha pasado por alto la Ley 27878 y deberá ser corregida con la finalidad de incluirlos en la programación de guardias en el más breve plazo.
Leer más