El Minsa y el servicio rural y urbano marginal


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Año tras año se producen muertes de médicos jóvenes por realizar el Serums

En corto tiempo se han promulgado varias resoluciones ministeriales que modifican las condiciones en las que los nuevos profesionales de salud cumplirán “con la obligación patriótica” de laborar en las zonas en las que los gobiernos aún no han logrado otorgar servicios de salud permanentes, o en las que incluso se carece de plazas o puestos laborales para el nombramiento. Estas modificaciones se realizan por resolución ministerial en mérito a la autorización que le otorga al ministro de Salud el Decreto Supremo 005-97-SA, “Reglamento de la Ley 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums)”, que en su artículo 3 señala: “por resolución ministerial se aprobarán las disposiciones complementarias y las modificaciones al presente reglamento”. Esta autorización contraviene la práctica de que una norma se modifica con otra de igual rango; un decreto supremo, por ejemplo, debería modificarse solo con otro decreto supremo. Sin embargo, en el caso del Reglamento del Serums se ha creado una salvedad que ha propiciado el  abuso de la modificación en reiteradas oportunidades en detrimento, la mayoría de las veces, de los nuevos profesionales de la salud.   

La Ley 23330, que “establece el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud”, fue promulgada el 11 de diciembre de 1981, a inicios del segundo periodo de Gobierno del presidente Fernando Belaunde. Este servicio reemplazó al Servicio Civil de Graduandos en Ciencias de la Salud Humana (Secigra-Salud), que se realizaba como requisito para la titulación universitaria. El Secigra-Salud fue implementado por el Gobierno militar, el 5 de diciembre de 1972, con la lógica de servicio patriótico y de corte castrense, mediante el Decreto Ley 19646, que establece la coordinación entre los ministerios de Educación y Salud para que “pongan en ejecución, como programa piloto, al servicio civil de graduandos de las ciencias de la salud humana en la Amazonia y otras zonas de menor desarrollo relativo del país”.

El Minsa estaba a cargo “de la organización del servicio, su calificación y asignación de personal y cubre todos los gastos que demande”, y se señalaba que cuando se reglamente, organice y ponga en ejecución en forma general”, estará a cargo de la Oficina Nacional del Servicio Civil de Graduandos”. El objetivo del Decreto Ley 19646 era “implementar convenientemente la participación del sector Salud en el desarrollo socioeconómico de la selva peruana y otras zonas de menor desarrollo relativo del país, por tanto es necesario el fortalecimiento y ampliación de los programas de operaciones preventivas y asistenciales”. 

El advenimiento de la democracia, en 1980, no implicó un cambio de la lógica militar o castrense de ese modelo de servicio social, salvo en aspectos formales, como por ejemplo, ahora es realizado por profesionales titulados, por tanto, en lugar de ser un requisito para la titulación, como era durante el Secigra-Salud, se ha convertido en un requisito “indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda especialización profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o perfeccionamiento.” Igual suerte ha corrido la organización, los recursos humanos, la gestión y el financiamiento, que continúan a cargo del Minsa, e incluso, que el servicio “está destinado principalmente a brindar atención integral a la población más vulnerable y que residen en zonas de menor desarrollo del país.” Como se puede apreciar, se continúa con los mismos objetivos que se establecieron en 1972, a pesar de que las condiciones políticas, económicas, sociales, culturales y de seguridad han cambiado, así como, la realidad sanitaria del país. 

Desde 1972, se han promulgado dos constituciones políticas, la de 1979 y la vigente de 1993. Se han producido además dos procesos de descentralización, el último según la Constitución de 1993; un proceso que está en marcha, aunque con serios cuestionamientos, que ha transferido las funciones y competencias de la salud a las regiones. Los indicadores sanitarios y los niveles de pobreza han cambiado favorablemente. Sin embargo, el Serums es inamovible, a pesar de que hasta resulta inconstitucional. Por ejemplo, se mantiene la modalidad del Serums equivalente, que se sostiene con el trabajo gratuito, aspecto de por sí inconstitucional, pero que los profesionales son forzados a realizar porque es un requisito indispensable y útil para el desarrollo de su carrera.

También es inconstitucional que sean los titulados de las profesiones de la salud los únicos condicionados a realizar el Serums, en clara discriminación con las otras profesiones. Asimismo, representa un impedimento para el libre ejercicio de la profesión exigir un periodo laboral previo en condiciones “de riesgo,” para ejercer ese derecho. Se han introducido mecanismos de distribución de plazas muy subjetivos, como los sorteos, sin tomar en cuenta que se deciden aspectos cruciales en la vida de las personas. Un tema controversial y sujeto a reiterados vaivenes ha sido la obligatoriedad de dar y aprobar el Examen Nacional de Medicina por parte de los médicos normado en el inciso g) del artículo 23 del Reglamento del Serums, porque ha sido modificado 11 veces desde agosto del 2016 hasta la fecha.  

Otro aspecto controversial es el otorgamiento de bonificaciones para los concursos asistenciales que se efectúan en las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Salud, en función del “grado de dificultad” del establecimiento de salud donde el profesional realiza el Serums. Desde el grado de dificultad 5, con 15% sobre el puntaje total de puntos, el 4 con 10%, el 3 con 7%, el 2 con 3% y el 1 con 1%. Los criterios y la metodología para establecer los grados de dificultad los establece el Minsa. Es increíble que año tras año se produzcan muertes de profesionales de la salud entre los 22 y 29 años por realizar el Serums. Sin embargo, estas muertes evitables no conmueven a las autoridades del Minsa ni a los políticos para eliminar o derogar el Serums. El Gobierno y el Congreso de la República tienen una deuda con las comunidades más pobres y con los jóvenes profesionales de la salud. ¡Urge derogar Ley del Serums!

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