OMS y las pautas para dejar de fumar


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OMS y las pautas para dejar de fumar

El 2 de julio del 2024, en comunicado de prensa, la Organización Mundial de la Salud anunció haber publicado “sus primeras directrices para dejar de consumir tabaco”. Estas recomendaciones incluyen “el cambio de comportamiento con el apoyo de profesionales de la salud, el uso de recursos electrónicos y de tratamientos farmacológicos”.

En el caso de las intervenciones conductuales, se recomienda el asesoramiento breve, de entre 30 segundos y 3 minutos, realizado por profesionales de la salud, que debería ser ofertado sistemáticamente en los establecimientos de salud, además del asesoramiento individual o grupal, incluso por teléfono. Sobre el uso de los recursos electrónicos recomienda “el envío al teléfono de mensajes de texto y otros recursos que impliquen la activa participación del paciente, así como, aplicaciones para teléfonos electrónicos y los programas de internet”.

En el caso de los tratamientos farmacológicos, se recomienda el uso de tabletas de Vareniclina que funciona mediante el bloqueo en el cerebro de los efectos agradables de la nicotina. Asimismo, recomienda el uso de terapias de reemplazo o sustitución con nicotina, por ejemplo, gomas de mascar (chicles con nicotina), parches, rociadores nasales, e inhaladores o pastillas con nicotina, dejando de lado los otros componentes químicos que contiene el tabaco. También, la OMS recomienda el uso de tabletas de bupropión que es un antidepresivo que aumenta actividades específicas del cerebro que contribuyen a dejar de fumar. En esa misma línea, recomienda el uso de citisina, que tiene alta afinidad por los receptores nicotínicos y de esa manera contribuyen a dejar de fumar. 

La Organización Mundial de la Salud resalta, por un lado, que la combinación de las intervenciones sobre el comportamiento con el tratamiento farmacológico refuerza las tasas de éxito en el abandono del tabaco. Por otro lado, insta a los países de ingresos bajos y medianos, como el Perú, a proporcionar “estos tratamientos sin costo alguno o a un costo reducido», con la finalidad de que se encuentren accesibles para los pacientes, más aún si se toma en cuenta que dejar de fumar no es nada fácil, ya que es una adicción. Las cifras que aporta la OMS son contundentes. Hay más de 1,250 millones de consumidores de tabaco en el mundo y de esos, más del 60% desean abandonar ese hábito, es decir, hay más de 750 millones de personas que necesitan acceder a los servicios de salud con la finalidad de recibir ayuda. 

En el Perú, según el informe del Instituto Nacional de Estadística e Informática “Perú: Enfermedades No Transmisibles y Transmisibles del 2022″, hay más de dos millones de personas adictas. Además, señala que el indicador para la edad promedio de inicio del consumo diario de cigarrillos de 15 a más años, el 2017 fue de 24.0 y en el 2022 ha sido de 24.3.  El porcentaje de fumadores se redujo en el país 1.4% en el 2022 y 1.3% en el 2023. También se informa que el promedio diario de cigarrillos consumidos por personas de 15 y más años que fuman diariamente ha sido el 2017 de 5.0; el 2018,  3.8; el 2021 3.9 pero el 2022 ascendió a 4.5. En general, el INEI señala que el 16.7% de la población fumó al menos un cigarrillo el 2023. Esta cifra muestra cierta variabilidad por regiones, por ejemplo, en la región Madre de Dios alcanza a 28.5%.  

Como ya es conocido, el tabaco y sus derivados hacen daño a la salud, por ejemplo, aumenta el riesgo de enfermedades cardiovasculares, cáncer de diversos órganos y sistemas, enfermedades pulmonares, entre muchas otras más. Hay que tomar en cuenta que estos efectos, también, son producidos por los cigarrillos electrónicos y el “vapeo». En ese sentido, la legislación vigente tiene pendiente esa actualización. 

La Ley General para la Prevención y Control de Riesgos del Consumo del Tabaco (Ley 28705 y su modificatoria) tiene como objetivo proteger a la persona, familia y comunidad de las consecuencias “sanitarias, sociales, ambientales y económicas” ocasionado por el consumo de tabaco y por la exposición al humo de tabaco. Además, que el tabaco sea comercializado de manera responsable;  es decir, que la promoción y publicidad esté dirigida solo para la población adulta informada de los riesgos de su consumo. Además de adoptar medidas para evitar la oferta ilegal de productos de tabaco. 

La norma tiene bondades, no solo en la protección contra la exposición al humo de tabaco, en los anuncios para los espacios en donde está prohibido fumar, en la información y la educación al público, sino, también, en el empaquetado y el etiquetado, con frases de advertencia de daños a la salud.  A esto se suma los aspectos de la comercialización, con carteles como “el consumo de tabaco es dañino para la salud. Prohibida la venta a menores de 18 años”. Además, una serie de prohibiciones como, por ejemplo, en los centros de salud o colegios y dependencias públicas, a los menores de 18 años, la venta del cigarrillo sin filtro, o que se vendan por unidad. En ese sentido, se prohíbe la venta de cajetillas que tengan menos de 10 cigarrillos o que se distribuya en modo promocional gratuito en menores de 18 años o la distribución y promoción de juguetes alusivos a los productos del tabaco, entre otras prohibiciones. La vigilancia y cumplimiento de la ley, ha sido delegadas a las municipalidades, Minsa, Indecopi y la Comisión Nacional de Lucha Antitabáquica. La Sunat interviene y sanciona, de ser el caso, en la importación de los productos, previa a su nacionalización.  

Sin embargo, es necesario actualizar la ley, debido a que existe la tendencia a diferenciar la nicotina del tabaco. Entonces, como la Ley 28705 y su modificatoria está referida al consumo del tabaco, por tanto, con esa interpretación quedarían fuera del marco legal, o en un vacío legal, la nicotina que es introducida en productos, incluso más adictivos, como los cigarrillos electrónicos y el vapeo, las bolsitas de nicotina, entre otros, que a pesar de que contienen más nicotina y alquitrán, e incluso, más monóxido de carbono, se comercializan libremente. Además, es necesario mejorar la protección de los adolescentes o en los alrededores de los centros educativos, sobre todo, frente a la moda del “vapeo” y el estatus atribuido al “vapeador». Con esa misma finalidad tomar en cuenta las recomendaciones de la OMS para que los tratamientos para dejar de fumar se encuentren accesibles para los pacientes. ¡Cuidado, no bajar la guardia!

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