El Minsa y el cambio climático


Comparte este artículo

Nueva norma aborda la gestión del cambio climático de forma integral

El 10 de agosto del 2022 el Ministerio de Salud ha promulgado la Resolución Ministerial 599-2022/Minsa, que aprueba el Documento Técnico denominado “Programación tentativa de las contribuciones nacionalmente determinadas en adaptación al cambio climático del Ministerio de Salud al 2030”. Para comprender la importancia de la norma y las complejidades burocráticas de su denominación es necesario revisar la Ley 30754 “Ley Marco sobre cambio climático”, promulgada el 2018, que establece los principios, enfoques y disposiciones generales para adoptar medidas de adaptación y mitigación al cambio climático del país, así como, cumplir con los compromisos internacionales ante la Convención Marco de las Naciones Unidas. También aborda la gestión del cambio climático de forma integral, con la incorporación de políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de inversión en los tres niveles de gobierno, y designa al Ministerio del Ambiente como la autoridad nacional, además de autoridad técnico-normativa en el marco de sus competencias. 

Los ministerios y los gobiernos regionales y locales, según la Ley Marco del Cambio Climático, se constituyen en autoridades competentes. Por tanto, realizan la gestión del cambio climático en el ámbito de sus jurisdicciones y emiten la normativa correspondiente. La norma crea dos comisiones: la primera, denominada Comisión Nacional sobre cambio climático, presidida por el Ministerio del Ambiente e integrada por el sector público y la sociedad civil, con la función de realizar el seguimiento del cumplimiento de las políticas sobre cambio climático y de los compromisos internacionales ante la Convención Marco de las Naciones Unidas; la segunda es la Comisión de Alto Nivel de Cambio Climático, presidida por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y la Secretaría Técnica, a cargo del Ministerio del Ambiente, que propone las medidas de adaptación y mitigación, así como las “Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional” y emite el informe para la Convención Marco de las Naciones Unidas para el cambio climático. De esta última comisión, forma parte, entre otros sectores, el Ministerio de Salud.

En ese contexto, las “Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional”, representan las medidas previstas o que planea realizar cada país para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y para adaptarse al cambio climático, que son incorporadas en la planificación estratégica institucional de cada ministerio o sector o en los gobiernos regionales y locales, entre otras. La meta, según acuerdo internacional, es evitar el incremento de la temperatura global mayor a 2ºC. 

Un aspecto que debe tomarse en cuenta es que en Lima se realizará la Asamblea General de Organización de los Estados Americanos (OEA), del 5 al 7 de octubre del 2022 que será la encargada de definir “los mandatos, acciones, políticas y mecanismos que la OEA implementará durante el año”. En ese sentido, un compromiso importante que será abordado es la “transición hacia la energía limpia” y la urgencia de abordar el cambio climático, la reducción de las emisiones y la “creación de nuevas oportunidades económicas que ofrecen las economías de energía limpia”.

Según el Coordinador Nacional de Cumbres de Estados Unidos, Kevin O`Reilly, “las Américas pueden ser un ejemplo para el mundo, comprometiéndose a abordar la crisis climática, aprovechando los logros alcanzados en la COP26”. En el mismo sentido, la CAF-Banco de Desarrollo de América Latina y la OEA han firmado en abril del presente año un “acuerdo para impulsar una agenda interamericana para la acción climática y de biodiversidad”. También “definieron los lineamientos para trabajar en conjunto por la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero e invertir en una economía baja en carbono.”

El Documento Técnico aprobado por el Minsa, contiene una serie de definiciones operacionales, como por ejemplo, la “gestión integral del cambio climático (GICC)”, o la “programación tentativa”, esta última, entendida como “la hoja de ruta para la implementación de las áreas temáticas, productos y medidas de adaptación y de mitigación que contribuyen a alcanzar un desarrollo bajo en carbono y al cumplimiento de las contribuciones “nacionalmente” o del ámbito del país”. Sin embargo, han omitido, dos definiciones cruciales, e indispensables, para la planificación participativa que exige la gestión integral del cambio climático. Por un lado, la definición de establecimientos de salud, que según la Ley 30885, “son aquellos que realizan atención de salud en régimen ambulatorio o de internamiento con fines de prevención promoción diagnóstico tratamiento y rehabilitación, para mantener o restablecer el estado de salud de las personas”.

Sin embargo, equivocadamente han incluido a la definición de Instituciones Prestadoras de Salud (Ipress), que según la Ley 29344, se refiere solo al aseguramiento, es decir, a las actividades curativas y de rehabilitación. Por otro lado, ha omitido la definición de Redes Integradas de Salud, que según la Ley 30885, es “el conjunto de organizaciones que presta, o hace los arreglos institucionales para prestar, una cartera de atención de salud equitativa e integral a una población definida a través de la articulación, coordinación y complementación y que rinde cuentas por los resultados sanitarios y administrativos y por el estado de salud de la población a la que sirve”.

Parece increíble, que el Documento Técnico, haya excluido de su “enfoque transversal” a la Redes Integradas de Salud con enfoque comunitario. Otro grave error, en el primer punto de las medidas de adaptación frente al cambio climático es el fortalecimiento de las antiguas redes de salud, y no a las redes integradas de salud con enfoque comunitario, porque, según el Documento Técnico, éstas últimas, aún no han culminado su conformación con actos resolutivos.” Luego, las siguientes cinco medidas, se refieren a la incorporación del cambio climático: en los documentos de gestión, en la planificación, en la capacitación de los recursos humanos, en la promoción de prácticas saludables y en la adaptación del componente estructural y funcional de las instituciones de salud (Ipress). Por último, no asigna nuevos fondos, sino el uso de los presupuestos ya existentes. ¡Corregir para avanzar!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *